Anunció UBER el inicio formal de sus operaciones en Quintana Roo

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Por Álvaro Ortiz

BENITO JUÁREZ, 11 de enero.- Luego de que este día ganó un amparo promovido a nivel federal para poder operar sin el uso de concesiones en Quintana Roo, la plataforma UBER anunció el inicio formal de sus operaciones en la ciudad de Cancún y otras partes del Estado.

“Recibimos con agrado el fallo del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, que confirma un hecho innegable y fundamental: Los servicios de movilidad intermediados a través de la aplicación de UBER no son transporte público y por ello no deben ser regulados como tal en el estado de Quintana Roo”, indicó en un comunicado la empresa de movilidad.

UBER invitó a los cancunenses, así como a los visitantes en el Estado, a utilizar su aplicación, la cual aseguró ofrece opciones accesibles y confiables de movilidad al toque de un botón.

De igual manera, invitó a los interesados en ser socios UBER, para que ingresen a la aplicación y revisen los requisitos para registrar sus vehículos en la plataforma, “la única que cuenta con un amparo a su favor en Quintana Roo”, señaló.

“UBER está disponible en el Estado desde 2016 y hoy se confirma por la vía legal lo que la compañía ha sostenido desde sus inicios, que no requiere de una concesión de transporte público para funcionar en Quintana Roo. Año con año hemos buscado contribuir en favor de la comunidad quintanarroense, y decisiones como ésta, nos motivan para redoblar esos esfuerzos”, indicó.

UBER refrendó su total y completa disposición a mantener un diálogo permanente con las autoridades, para encontrar oportunidades y soluciones de movilidad que beneficien a todos y cada uno de los habitantes de Quintana Roo y turistas que visitan año con año esta zona del país, tal como sucede en las más de 70 ciudades y 30 Estados donde la aplicación de UBER está disponible en México.

UBER YA PUEDE OPERAR EN QUINTANA ROO: TRIBUNAL FEDERAL LE ACEPTA AMPARO

En audiencia virtual, el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito del Poder Judicial de la Federación aceptó el recurso de amparo solicitado por la plataforma digital de transporte UBER, al determinar que ésta brinda un servicio privado, por lo que no le aplican las normas fijadas por las leyes estatales hacia el transporte público.

El proyecto de resolución, con expediente 334/2021, fue presentado por el magistrado Jorge Mercado Mejía, y aprobado de forma unánime por los demás integrantes del tribunal, por lo que confirmaron la sentencia impugnada, misma que ampara a UBER.

Previo a la lectura del proyecto, se inició un debate por la presentación de quejas de los sindicatos de taxistas de la entidad, las que fueron finalmente desechadas por no ser una parte de este litigio, aunque por petición del magistrado presidente, José Antonio Belda Rodríguez, serán incluidos en la engrosa de la sentencia, como considerandos.

En este sentido, en el proyecto en cuestión se destacaron dos acciones de inconstitucionalidad, las que fueron resueltas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la 63/216 y la 13/2017, en las que quedó establecido que el transporte por medio de plataformas tecnológicos es una modalidad distinta al de transporte público por concesiones, por lo que no pueden aplicarles las mismas reglas.

“Se trata de dos modalidades de transporte que se encuentran en situaciones distintas, por un lado el servicio público de taxi y el otro mediante plataformas tecnológicas”, precisa el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El fallo aclara que no se impugna la capacidad del Estado para normar este servicio, pero éste debe ser específico para esta modalidad, sin que apliquen, por tanto, los artículos de la Ley de Movilidad, enfocados al transporte público.

Cabe destacar que la Ley de Movilidad de Quintana Roo tiene dos acciones de inconstitucional, pues por un lado exige que estos vehículos tengan concesiones y por otro lo considera un servicio público.

También descartaron que la parte quejosa, UBER México, no tuviera interés jurídico, pues la empresa presentó la documentación que los acredita como administradores de esta plataforma.

Los magistrados igualmente desecharon las solicitudes para que el ponente, Jorge Mercado Mejía, pueda conocer sobre el tema de UBER, hechas por los taxistas.

Los magistrados rechazaron que los usuarios de esta plataforma sean afectados en sus derechos humanos, pues no hay tal derecho en la movilidad mediante esta modalidad, pero fueron considerados como afectados simples.

Después de algunos ajustes al proyecto, éste fue aprobado con los votos en favor de los tres magistrados presentes.

Acto seguido, fue sometido a consideración el recurso de amparo en contra del Reglamento de Movilidad, mismo que originalmente se proponía sobreseer, en vista del fallo anterior.

Sin embargo, después de un debate entre el magistrado presidente y el ponente, se decidió retirar, pues consideraron pertinente efectuar un análisis sobre la constitucionalidad de este reglamento, por lo que le tocará a Jorge Mercado Mejía a volver a presentar un nuevo proyecto.

 

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