Por Álvaro Ortiz
CHETUMAL, 14 de septiembre.-Por unanimidad diputados de la XVII Legislatura aprobaron la iniciativa que da paso a la incorporación de la violencia mediática como una nueva modalidad en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del estado de Quintana Roo, la cual fue propuesta por el legislador de Morena, José María “Chema” Chacón Chablé.
Con dicha aprobación se busca también armonizar la legislación local con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, pues establece a nivel estatal el marco jurídico indispensable para proteger a las mujeres de la violencia mediática, buscando que de manera oportuna, se implementen políticas públicas que combatan esta modalidad de agresión contra las féminas en la sociedad quintanarroense.
La propuesta del legislador Chacón Chablé busca garantizar la prevención, la atención, la sanción y la erradicación progresiva de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida y se promueva su desarrollo integral y participación plena en todas las esferas de la vida.
Cabe señalar que actualmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia contempla la violencia digital y mediática, mientras que su legislación estatal únicamente contempla la modalidad de violencia digital, siendo modalidades que guardan similitudes, sin embargo, existe una marcada diferencia en cuanto al medio de difusión.
Toda vez que la violencia digital enfatiza la divulgación de información a través de las tecnologías de la información, mientras que la violencia mediática pretende combatir la violencia simbólica en contra de las mujeres a través de cualquier medio de comunicación.
La violencia digital en el Estado de Quintana Roo, fue reconocida en septiembre del 2020, y al igual que en la ley General en la materia, tiene como objetivo, proteger a las mujeres de aquellos actos que mediante tecnologías de la información y de la comunicación difundan contenido de naturaleza sexual o erótica de otra persona, sin su consentimiento y que cause menoscabo, de alguna manera a su persona.
No obstante, la violencia mediática se entiende como cualquier acto ejercido por persona física o moral, que haciendo uso de algún medio de comunicación, promueva la discriminación en contra de las mujeres, que de manera directa o indirecta incite y/o perpetúe estereotipos sexistas contra las niñas, las adolescentes y las mujeres, o bien promueva apología de la violencia en contra de las mismas causando menoscabo a su salud, integridad, libertad y seguridad.
La violencia mediática se ejerce mediante cualquier medio de comunicación que difunda o permita la difusión, del contenido escrito, visual, o audiovisual que en vista de lo señalado en el párrafo anterior menoscabe la dignidad, y atente en contra de la igualdad de las niñas, las adolescentes y las mujeres.
En caso de violencia digital o mediática, la persona que funja como Ministerio Público, o juez competente, ordenará las medidas de protección correspondientes observando lo dispuesto en el capítulo del mismo nombre, a efecto de garantizar la integridad de las víctimas, previa satisfacción de los requisitos de Ley.
Con estas acciones, el legislador por MORENA, José María “Chema” Chacón refrenda su compromiso con las quintanarroenses, a fin de establecer acciones que garanticen seguridad y bienestar a las mujeres.