Diputado plantea sancionar a quien haga mal uso de información de las bases de datos

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Por Álvaro Ortiz

CHETUMAL, 19 de junio.- Con el objetivo de poder regular una serie de comportamientos comunes de usuarios de la red para que los datos e información tengan un uso correcto y apegado a la verdad el legislador local, José María “Chema” Chacón propone una iniciativa de reforma del Código penal de la entidad que castigará a sustractores cibernéticos y violentadores de sistemas informáticos.

Al presentar la iniciativa, explicó que derivado del progreso tecnológico, el uso diario de las tecnologías de la información ha dado paso a un conjunto de conductas que obligan a impulsar reformas que pongan fin a la comisión de conductas  antijurídicas que se practican actualmente de manera impune.

En primer término se pretende incorporar en el Código Penal de la entidad los “Delitos contra la Inviolabilidad del Secreto de Sistemas Informáticos y de Acceso Ilícito a  Sistemas Informáticos”, de la misma manera, se reforma la nomenclatura correspondiente a la “Revelación del Secreto” y por último se adiciona un capítulo segundo denominado “Del Acceso Ilicitico a  Sistemas Informáticos”.

El diputado Chacón Chablé indicó que propone se imponga una pena de uno a dos años de prisión y  de veinticinco a cien días multa, a quien, sin consentimiento o autorización ingrese a una base de datos, sistema, equipo o medio de almacenamiento informático, con el propósito de conocer, copiar, reproducir, interceptar, interferir, o recibir la información contenida en cualquiera de los mismos.

Por otro lado, explicó que se busca sancionar a quien sin autorización acceda a una base de datos, o medio de almacenamiento informático, con el propósito de obtener de manera ilícita un beneficio, bienes o información para sí o para una tercera persona; y de manera indebida, alterar, dañar, inutilizar o destruir la información o los datos contenidos, con una pena de dos a cuatro años de prisión y veinticinco a doscientos días multa.

De la misma manera se sugiere sancionar de uno a tres años de prisión y de veinticinco a cien días multa cuando el sujeto estando  autorizado para su acceso, haga uso indebido de un medio de almacenamiento informático con ánimo de ilícitamente copiar, reproducir, interceptar e interferir.

Adicionalmente especifica que la sanción será de dos a cinco  años  de prisión y de  veinticinco a doscientos días multa para quien estando autorizado, acceda a una base de datos, para alterar, dañar, borrar, sustraer, inutilizar o destruir la información reservada en el sistema, en perjuicio de terceros o beneficio propio.

Se establecen cinco agravantes  para cuando se actúe con fines de lucro; cuando el sujeto pasivo sea el Estado, organismos autónomos o municipios y si el hecho constitutivo de delito fue cometido contra base de datos, medios de almacenamiento informáticos concernientes al régimen financiero de las entidades públicas; así también para cuando se vulnere con dolo los procesos jurídicos y si un sistema está relacionado con el servicio público de salud, administración y procuración de justicia o la seguridad pública.

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