Por Dr. Hugo Alday Nieto
Para quienes conocemos un poco acerca de teoría del Estado, la importancia del Poder Legislativo es fundamental para poder entender a los estados nación en los que vivimos hoy en día. Pero para ello, hay que retomar desde el origen, la concepción del Estado, principalmente, del Estado, represor quien es el único ente que, en teoría, puede hacer uso de la violencia en nombre del derecho.
Para ello es importante definirnos jurídica y políticamente, como lo advierte el doctor Juan Antonio García Amado de la Universidad de Leon, España, quieren reciente entrevista en la UNAM, urgió a todos a definirnos entre hobbesianos y rousseaunianos, esto es, entre aquellos que consideramos que el origen del pacto social es el establecimiento de un Estado fuerte, con facultades represivas para ejercer la violencia e imponer la Ley, tal como lo señala Thomas Hobbes en el Leviatán como única alternativa para evitar que el hombre siga siendo el lobo del hombre; o ser del grupo de los optimistas que consideran que el pacto social, a través del cual surgen los estados se dirime de la voluntad de las personas, confiando en que todos deseamos el bien de todos, y mayormente apegados a la teoría de Juan Jacobo Rousseau.
Lo anterior nos llevaría, sin duda, a definirnos con posterioridad en el papel que debe representar un Poder Legislativo, como ente político único y sólido emanado del ejercicio democrático decisorio de las masas, y cuya función principal, es la de redactar las reglas del juego. Esto es, el de crear el marco jurídico, a través del cual el Estado compuesto de tres poderes, como son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, pueden hacer o no hacer de acuerdo a las facultades que ese mismo marco jurídico les asigne.
Y, por otro lado, la sociedad en su conjunto pueda tener la certeza de qué las reglas del juego emanadas de los representantes populares que ellos mismos eligieron, se tienen que cumplir por el Estado en su conjunto, para que sólo exista posibilidad de ejercer la violencia en defensa de ese marco jurídico, creado con la voluntad de todas las personas.
Sin embargo, en la especie no funciona así, ya que desde hace décadas, los poderes legislativos en casi todo el planeta, nacionales y locales, han sucumbido, por un lado, cediendo la facultad exclusiva de creación de normas al Poder Ejecutivo; y por otro, cediendo al Poder Judicial la facultad material para legislar en materia constitucional, y últimamente, en las demás materias con base en principios axiológico, muchas veces alejados de la realidad, normativa y jurídica que se dirime, o debería dirimirse, en los cuerpos legislativos.
Esto nos lleva a regresar un poco en la historia, y recordar la tragedia del constitucionalismo alemán, que, después de adelantarse a su tiempo con la Constitución de Weimar, sucumbió ante el nacionalsocialismo, de donde emano esa famosa y lamentable frase, que dice: “la fuente máxima del derecho es la voluntad del Führer “que se convirtió en un principio fundamental del sistema jurídico entre 1933 y 1945 en ese país. Con este brutal ejemplo, es con el que queremos llamar la atención del legislador actual, para retomar su papel trascendental en la construcción del marco normativo del Estado mexicano.
Pero para ello, es importante definirse como también lo ha mencionado el doctor Garcia Amado, entre Carl Schmitt y Hans Kelsen, y a partir de entonces, poder definir la verdadera naturaleza del proceso legislativo actual, porque la realidad, dista mucho de lo que se encuentra plasmado en la norma constitucional.
Por otra parte, considero que es muy importante retomar la función legislativa, arrebatándole al Poder Judicial, esas facultades que se auto asignó al momento de generalizar el control constitucional a todas las materias.
Si bien es cierto, la función de control constitucional tiene la firme misión de evitar que las normas emanadas de los distintos poderes legislativos, es decir, el federal y los locales, transgredan lo dispuesto en la Constitución General de la República. Pero esta función es específica a ciertos casos de acuerdo a lo plasmado por la misma Constitución; sin embargo, hoy en día, el Poder Judicial Federal, intenta, a través de la teoría de los vasos comunicantes o de la capilaridad de las sentencias judiciales, llevar esta interpretación normativa a otros campos del derecho.
Considero que, todo esto no sería posible, si el legislador moderno pudiera definirse nuevamente, pero ahora entre legislar para crear un juez desde la visión de Herbert Hart o un juzgador desde la perspectiva de Ronald Dworkin, ya que, partiendo de allí, el mismo legislador tendría las herramientas para poder ampliar o limitar las facultades del el Poder Judicial, decidiendo de manera consciente si se autolimita o no.
Sin embargo, para ello se requiere que los partidos políticos de manera responsable realicen las cribas correspondientes para poder llevar a los representantes del sector popular más aventajados en la materia para ocupar esos cargos de elección, y con ello, evitar que, sean los mismos legisladores quienes por desconocimiento, cedan sus propias facultades a los demás poderes, quedándose como meros espectadores del proceso legislativo mexicano como sucede hoy en día.
De no ser así, la construcción del derecho en este país seguirá, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.
HAN
