Desechado juicio contra Issac Janix y Laura Beristain: TEQROO

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*También desechado el juicio contra la presidente de Solidaridad.

REDACCIÓN

15 de julio de 2020

Chetumal, Q.R. – Magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo rechazaron el juicio ciudadano interpuesto por el ex delegado de Puerto Aventuras, Tomás Flores Benitez en contra de la presidente municipal de Solidaridad, Laura Beristain Navarrete y la Contraloría municipal debido a que lo suspendieron de sus funciones y designaron de manera temporal a otra persona como delegado en funciones.

Flores Benitez recurrió al Teqroo en busca de protección de sus derechos electorales ya que fue destituido de sus funciones como delegado municipal de Puerto Aventuras, cargo al que accedió en un proceso de elección y del tuvo que separarse por algún tiempo mientras resolvía una causa judicial que surgió en el mes de marzo.

El proyecto de sentencia del asunto de Flores Benítez planteó que había sido presentado de manera extemporánea, sin embargo, se hizo notar que los plazos y términos estaban suspendidos en el Teqroo por el covid-19 y por lo tanto se debe elaborar otra resolución.

También rechazaron el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense que fue presentado por Ara Gabriela Sánchez Vargas en contra de los integrantes del Cabildo del Ayuntamiento de Benito Juárez y la Presidente Municipal, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, por la propuesta y designación de Issac Janix Alanis como Secretario General de la Comuna benitojuarense.

El Pleno determinó acumular a dicho asunto marcado con el expediente JDC/005/2020, los juicios ciudadanos JDC/006/2020 y el JDC/007/2020 promovidos por José Luis Acosta Toledo y Mónica Araceli Sánchez Moreno, por ser el primero que se formó en este Tribunal y dado que existe conexidad entre los juicios al ser el mismo acto reclamado y en contra de la misma autoridad.

Por mayoría de votos, se sobreseyeron estos medios de impugnación por acreditarse la falta de interés jurídico de los impugnantes, pues tal hecho no causa afectación a la esfera de sus derechos político electorales, agregándose a la misma, el voto concurrente de la Magistrada Claudia Carrillo Gasca, quien concordó con el sentido de la resolución, aunque con argumentos diversos.

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